AYUDAS A LOS AUTÓNOMOS HASTA EL 31 DE ENERO 2021

El pasado 30 de septiembre se publicó el REAL DECRETO-LEY 30/2020 por el que se aprobaron nuevas medidas para prolongar hasta el 31 de enero 2021 las ayudas para los trabajadores autónomos a partir de octubre.

¿Quién puede solicitar esta prestación?

Si ya estabas cobrando la prestación hasta el 30 de septiembre:

  • Se puede solicitar la prórroga si se cumplen los siguientes requisitos:
    • la previsión de ingresos para el 4º trimestre 2020 es inferior al 25% de los ingresos del 4º trimestre 2019
    • los ingresos netos del 4º trimestre 2020 son inferiores a 5.818,75 €
    • estar al corriente de la Seguridad Social
  • El importe a cobrar será el 70% de la base de cotización
  • Se pagan las cuotas de autónomos pero se devolverán casi todo su importe más adelante

Si no habías solicitado anteriormente la prestación

  • Se deben cumplir los siguientes requisitos:
    • estar dado de alta en fecha 1 de abril 2020
    • la previsión de ingresos para el 4º trimestre 2020 es inferior al 50% de los ingresos del 1er trimestre 2020
    • los ingresos del 4º trimestre 2020 no pueden superar los 950 € mensuales
    • estar al corriente de la Seguridad Social
  • El importe a cobrar será el 50% de la base de cotización, en caso de familias numerosas será del 70%
  • No se tendrán que pagar las cuotas de autónomos

Si existe a partir del 1 de octubre una suspensión temporal de la actividad por resolución de las autoridades, el requisito es estar dado de alta de autónomos al menos 30 días antes de la suspensión de la actividad y no se tendrán que pagar las cuotas de autónomos. La cuantía de la prestación será del 50% de la base de cotización, en caso de familias numerosas será del 70%

¿Qué pasa si supero las previsiones de ingresos del 4º trimestre después de haber pedido la prestación?
Si posteriormente no se cumplen los requisitos, se tendrá que devolver a la mutua la prestación recibida para evitar sanciones o recargos, comunicándolo en el momento en que se incumplan los requisitos.

¿Sabrán las mutuas si cumplo los requisitos para recibir esta prestación?
Sí, comprobarán que se cumplen los requisitos de estar al corriente con la Seguridad Social y posteriormente los límites de facturación a través de las declaraciones tributarias.

El plazo para solicitar esta prestación finaliza el 15 de octubre y tendrá efectos desde el 1 de octubre. 

Esperamos que esta información sea de su interés. Puede contactarnos por medio del  formulario de contacto de nuestra página web o escribiendo un email a info@quicksa.net o llamando directamente al número 93.500.58.90.